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LEGISLACIÓN MUNICIPAL DE COMODORO RIVADAVIA

ORDENANZA 3779/91

Declara de Interés Público la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del Medio Ambiente. Establece Presupuestos Mínimos y Procedimientos. Aprueba el Código Ecológico Municipal.

http://www.comodoro.gov.ar/digesto/digesto_Menu/NORMATIVA/ORD/ORD-3779-91.htm

ORDENANZA 7283/00

Artículo 1º: La generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos quedaran sujetos a las disposiciones de la presente ordenanza, cuando se tratare de  residuos generados o ubicados en lugares sometidos a jurisdicción MUNICIPAL.

 

Artículo 2º: Ser considerado peligroso, a los efectos de esta ordenanza, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.

En particular serán considerados peligrosos los residuos indicados en el Anexo I o que posean alguna de las características enumeradas en el Anexo II de esta ordenanza.

Las disposiciones de la presente serán también de aplicación a aquellos residuos peligrosos que pudieren constituirse en insumos para otros procesos industriales.

Quedan excluidos de los alcances de esta ordenanza los residuos domiciliarios, los radiactivos y los derivados de las operaciones nominales de los buques, los que se regirán por leyes especiales y convenios internacionales vigentes en la materia

http://www.comodoro.gov.ar/digesto/digesto_Menu/NORMATIVA/ORD/ORD-7283-00.htm

ORDENANZA N° 7060/00

Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

Artículo 1º: La municipalidad de Comodoro Rivadavia, conforme a los términos la Carta Orgánica Municipal determina el Procedimiento Técnico - Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) con el fin de coadyuvar a:

a) Establecer el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano, preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.

b) Preservar el patrimonio  natural, cultural, urbanístico, arquitectónico y de calidad visual y sonora.

c) Proteger la fauna y flora urbanas.

d) Racionalizar el uso de materiales y energía en el desarrollo del hábitat.

e) Lograr un desarrollo sostenible y equitativo de la Ciudad.

f)  Mejorar y preservar la calidad del aire, suelo y agua.

g) Regular toda otra actividad que se considere necesaria para el logro de los objetivos ambientales consagrados por la Carta Orgánica Municipal.

 

I - DE LA EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL

 

Artículo 2º: Entiéndese por Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) al procedimiento técnico-administrativo destinado a identificar e interpretar, así como a prevenir los efectos de corto, mediano y largo plazo que actividades, proyectos, programas o emprendimientos públicos o privados, pueden causar  al ambiente, en función de los objetivos fijados en esta Ordenanza.

II - DEL IMPACTO AMBIENTAL

 

Artículo 3º: Se entiende por Impacto Ambiental a cualquier cambio neto, positivo o negativo, que se provoca sobre el ambiente como consecuencia, directa o indirecta, de acciones antrópicas que puedan producir alteraciones susceptibles de afectar la salud y la calidad de vida, la capacidad productiva de los recursos naturales y los procesos ecológicos esenciales.

 

http://www.comodoro.gov.ar/digesto/digesto_Menu/NORMATIVA/ORD/ORD-7060-00.htm

ORDENANZA Nº 8095/04

Preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente del municipio de Comodoro Rivadavia.

Artículo 1º: La presente ordenanza se sanciona en desarrollo de la competencia del Municipio de Comodoro Rivadavia en materia ambiental, conforme con las previsiones de la Constitución de la Nación Argentina, la Constitución de la Provincia del Chubut y la Carta Orgánica Municipal. Tiene por objeto la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente del Municipio de Comodoro Rivadavia, incluida la Zona Franca y los lugares y establecimientos de utilidad nacional mediante el establecimiento de las normas que, en el ámbito de la autonomía municipal, configuran el sistema de defensa, protección, conservación y restauración, en su caso, del ambiente en la jurisdicción municipal y aseguran una utilización racional de los recursos naturales. El Municipio interviene propiciando las acciones tendientes a asegurar la dinámica de los ecosistemas existentes, la óptima calidad del ambiente y el sostenimiento de la diversidad biológica y los recursos escénicos para sus habitantes y las generaciones futuras.

 

Artículo 3º: La política ambiental municipal se basa en los principios de:

- Prevención.

- Precaución.

- Responsabilidad.

- Gradualidad.

- Coordinación.

- Integración.

- Sustentabilidad.

- Cooperación.

Artículo 4º: La regulación normativa y la gestión ambiental desarrollan, contemplan y preservan los derechos de los habitantes de Comodoro Rivadavia, constitucionalmente reconocidos, a un ambiente sano y equilibrado y propenden a la observancia estricta de los deberes que la solidaridad social y las mandas constitucionales imponen en el marco de un Estado Ecológico de Derecho.

 

http://www.comodoro.gov.ar/digesto/digesto_Menu/NORMATIVA/ORD/ORD-8095-04.htm

ORDENANZA N° 11.638/14

La Ordenanza N° 11.638/14 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Comodoro Rivadavia, por la cual se dispone establecer los estándares de protección ambiental para la gestión de residuos sólidos urbanos generados dentro de ámbito del ejido urbano.

http://www.concejocomodoro.gob.ar/wp-content/uploads/2017/12/Ordenanza-11638-2014-residuos-sólidos-urbanos.pdf  

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